Publicaciones etiquetadas con: Textos

JEAN JACQUES ROUSSEAU

(1712-1778). Nació en Ginebra (Suiza) en una familia protestante de origen francés. Su madre murió a los pocos días del parto y su padre, artesano relojero, le abandonó a los diez años, dejándolo en manos de su tío Bernard. Tras completar su formación intelectual con Madame de Warens, llegó a París, donde, plebeyo como era, tuvo muchas dificultades para ser aceptado por los círculos académicos establecidos.
En París contactó con Diderot y D’Alembert y colaboró en la Enciclopedia. Para ganarse la vida tuvo que ponerse al servicio de aristócratas como criado, preceptor o incluso embajador, lo que en parte explica sus teorías democráticas. En 1762 aparecieron casi simultáneamente su obra magna, El contrato social, y El Emilio. El escándalo que provocaron fue enorme. Se prohibieron en Francia y en Suiza, obligaron a Rousseau a cambiar de domicilio y después a exiliarse a Prusia y a Gran Bretaña.
Aparte de por sus ideas y teorías políticas, Rousseau es célebre por sus obras puramente literarias Su novela La Nueva Eloísa fue probablemente la más célebre
del siglo; sus Confesiones y Las ensoñaciones de un paseante solitario pusieron de moda el género de las memorias y la introspección.
Fue músico y autor de varias óperas e incluso de un tratado de botánica.

La soberanía popular según Rousseau

Por lo tanto, si se aparta del pacto social lo que no pertenece a su esencia, encontraremos que se reduce a los términos siguientes: cada uno de nosotros pone en común su persona y todo su poder bajo la suprema dirección de la voluntad general; y nosotros recibimos corporativamente a cada miembro como parte indivisible del todo. […] No siendo la soberanía más que el ejercicio de la voluntad general, jamás puede enajenarse, y el Soberano, que no es más que un ser colectivo, no puede ser representado más que por sí mismo. […] ¿Qué es, pues, el gobierno? Un cuerpo intermediario establecido entre los súbditos y el Soberano para su mutua correspondencia, […] De suerte que en el instante en que el gobierno usurpa la soberanía, el pacto social queda roto, y todos los simples ciudadanos, vueltos de derecho a su libertad natural, son forzados, pero no obligados, a obedecer. […]
La soberanía no puede estar representada, por la misma razón por la que no puede ser enajenada; consiste esencialmente en la voluntad general, y la voluntad no se representa; es la misma o es otra; no hay término medio. Los diputados del pueblo no son, pues, ni pueden ser sus representantes, no son más que sus mandatarios; no pueden concluir nada definitivamente. Toda ley no ratificada por el pueblo en persona es nula; no es una ley. El pueblo inglés cree ser libre, y se engaña mucho; no lo es sino durante la elección de los miembros del Parlamento; desde el momento en que estos son elegidos, el pueblo ya es esclavo, no es nada.
J. J. ROUSSEAU El contrato social, Alianza

Preguntas:
1. Extrae semejanzas entre este texto y los de Locke y Montesquieu.
2. ¿Crees que Rousseau en sus críticas va más allá que los otros autores? ¿En qué sentido?
3. ¿Presentan algunas ideas de Rousseau dificultades para llevarse a la práctica? Explica en un breve informe estas
dificultades.

Categorías: HISTORIA MUNDO CONTEMPORÁNEO | Etiquetas: , , | Deja un comentario

MONTESQUIEU Y LA DIVISIÓN DE PODERES

Hay en cada Estado tres clases de poderes: el poder legislativo, el poder ejecutivo de los asuntos que dependen del derecho de gentes y el poder ejecutivo de los que dependen del derecho civil. […] Llamaremos a éste poder judicial, y al otro, simplemente, poder ejecutivo del Estado.
[…] Cuando el poder legislativo está unido al poder ejecutivo en la misma persona o en el mismo cuerpo, no hay libertad porque se puede temer que el monarca o el Senado promulguen leyes tiránicas para hacerlas cumplir tiránicamente. Tampoco hay libertad si el poder judicial no está separado del legislativo ni del ejecutivo. Si va unido al poder legislativo, el poder sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, pues el juez sería al mismo tiempo legislador. Si va unido al poder ejecutivo, el juez podría tener la fuerza de un opresor. Todo estaría perdido si el mismo hombre, el mismo cuerpo de personas principales, de los nobles o del pueblo, ejerciera los tres poderes: el de hacer las leyes, el de ejecutar las resoluciones públicas y el de juzgar los delitos o las diferencias entre particulares.
MONTESQUIEU, El espíritu de las leyes, 1748

Preguntas:
1.Según Montesquieu, ¿qué ocurre cuando más de un poder reside en una misma persona o institución?

2. ¿De qué modo pudo influir la condición social de Montesquieu en su teoría?

3. ¿Qué instituciones o cuerpos baraja el autor como posibles titulares de los distintos poderes? Enuméralos.

Categorías: HISTORIA MUNDO CONTEMPORÁNEO | Etiquetas: , , | Deja un comentario

JOHN LOCKE: TRATADO SOBRE EL GOBIERNO CIVIL

En su consecuencia, siempre que cierto número de hombres se unen en sociedad renunciando cada uno de ellos al poder de ejecutar la ley natural, cediéndolo a la comunidad, entonces y sólo entonces se constituye una sociedad política o civil. Ese hecho se produce siempre que cierto número de hombres que vivían en el estado de naturaleza se asocian para formar un pueblo, un cuerpo político, sometido a un gobierno supremo, o cuando alguien se adhiere y se incorpora a cualquier gobierno ya constituido. Por ese hecho autoriza a la sociedad o, lo que es lo mismo, a su poder legislativo, para hace las leyes en su nombre según convenga al bien público o de la sociedad, y para ejecutarlas siempre que se requiera su propia asistencia (como si se tratase de decisiones propias suyas). Eso es lo que saca a lso hombres de un estado de naturaleza y los coloca dentro de una sociedad civil.
John Locke, Tratado sobre el gobierno civil, 1690.
Preguntas:
1. ¿Qué es lo que según Locke permite al ser humano pasar del estado de naturaleza a la sociedad civil?
2. ¿Cuál es la función del poder legislativo?
Categorías: HISTORIA MUNDO CONTEMPORÁNEO | Etiquetas: , , | Deja un comentario

TEXTOS: MONARQUÍA ABSOLUTA Y PARLAMENTARIA (1º Bach.)

TEXTO 1:
Antes de que hubiera Estado había reyes; de donde se sigue que son los reyes quienes han hecho las leyes y no las leyes quienes han hecho los reyes. Es evidente que el rey es dueño de todos los bienes. Su derecho le viene de Dios y sólo a Él ha de rendir cuentas. Todos los poderes en el Estado derivan de su poder y todos le deben la más completa obediencia. 

Jacobo I, rey de Inglaterra con poder absoluto
TEXTO 2:
1º Que el pretendido poder de la autoridad real de suspender las leyes o de ejecutar leyes sin el consentimiento del Parlamento es ilegal.
4º Que cualquier petición de dinero para la Corona (…) que no sea consentida por el Parlamento, es ilegal.
5º Que es un derecho de los individuos el presentar peticiones al Rey, y que todo encarcelamiento en razón de esas peticiones es ilegal
6º Que las elecciones de los miembros del Parlamento deben ser libres.
10º Que para encontrar un remedio a todos los problemas, corregir, fortificar y mantener las leyes, es necesario reunir frecuentemente el Parlamento.

Bill of the Rights (1689)
EJERCICIO:
Establece cuáles son las características que identifican estos textos. ¿Qué fue el Bill of the Rights?
Categorías: HISTORIA MUNDO CONTEMPORÁNEO | Etiquetas: , , , | Deja un comentario

Crea un blog o un sitio web gratuitos con WordPress.com.